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Decreto de emergencia económica de Venezuela es 'constitucional' dice Tribunal

Viernes, 22 de enero de 2016 - 08:03 UTC
Maduro declaró a Venezuela en emergencia económica luego que se revelara una inflación de 141,5 % -la más alta de toda su historia-, y una contracción del 4,5%. Maduro declaró a Venezuela en emergencia económica luego que se revelara una inflación de 141,5 % -la más alta de toda su historia-, y una contracción del 4,5%.
La Sala Constitucional “constató que se verifican los extremos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas de excepción decretadas” La Sala Constitucional “constató que se verifican los extremos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas de excepción decretadas”

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró hoy “constitucional” el decreto de emergencia económica dictado por el presidente venezolano, Nicolás Maduro, para enfrentar la crisis que padece el país.

 En ponencia conjunta de todos sus magistrados y magistradas, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia afirmó la constitucionalidad del Decreto N° 2.184, mediante el cual se declara ”el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional”, señaló el Supremo a través de un comunicado.

Venezuela se declaró en emergencia económica para atender la situación del país que, después de un año sin que se publicasen indicadores, reveló el pasado viernes una inflación interanual hasta septiembre pasado de 141,5 % -la más alta de toda su historia-, y una contracción del PIB del 4,5 %.

“El referido Decreto atiende de forma prioritaria aspectos de seguridad económica, que encuentran razón, además, en el contexto económico latinoamericano y global actual, y resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección social por parte del Estado”, dice el órgano judicial en la misiva.

La Sala Constitucional del TSJ “constató que se verifican los extremos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas de excepción decretadas, y que el decreto resguarda y no implica restricción de aquellos derechos cuyas garantías no pueden ser limitadas por expreso mandato constitucional”.

El decreto da al Ejecutivo facultades que le permiten, entre otras cuestiones, disponer de recursos sin contraloría del Parlamento, así como de bienes y mercancías de empresas privadas para garantizar el abastecimiento, además de restringir el sistema monetario y el acceso a la moneda local y extranjera.

El instrumento, que ya fue oficializado, debe ser aprobado por el Parlamento que tiene ocho días para su consideración y aprobación, desde que fue publicado en la gaceta oficial el pasado viernes.

Categorías: Economía, Política, Venezuela.