La Cámara Federal de la ciudad de Buenos Aires porteña ratificó este martes que la Presidenta Cristina Fernández debe ser investigada por la firma del decreto 929/13 sobre hidrocarburos, tras una denuncia por la presunta intención del Ejecutivo de beneficiar a la petrolera Chevron y por riesgo ambiental a raíz del fracking (fracturación hidráulica).
El decreto al que refiere la denuncia alude al acuerdo entre YPF y Chevron.
La decisión fue de la Sala II del tribunal de apelaciones ratificó una decisión de la juez federal María Servini de Cubría quien había dispuesto que se emitiera un nuevo dictamen fiscal para impulsar la investigación contra la presidenta Cristina Fernández.
En la causa, el fiscal federal Eduardo Taiano había desestimado la denuncia y rechazó impulsar la investigación, medida que fue anulada por Servini de Cubría, en una decisión que ahora respaldó la Cámara.
De esta manera, Taiano deberá decidir si elabora un dictamen impulsando la investigación o se nombra un nuevo fiscal, que cumpla lo ordenado por la Cámara Federal.
En la denuncia, que había sido presentado por los diputados de Nueva Izquierda Alejandro Bodart y Enrique Viale, se sostiene que el decreto habría beneficiado a Chevron en Vaca Muerta y que habría daño ambiental por el fracking.
Es preciso recordar que en la denuncia que encabeza este legajo se afirmó que el Decreto 929/13 se dictó en franca violación a lo dispuesto en la Ley 17.319 de Hidrocarburos y su modificatoria Ley 26.197, siendo sus disposiciones contrarias a lo dispuesto por el artículo 124 de la Constitución Nacional, sostuvieron en su resolución los camaristas Hoarcio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun.
Es necesario señalar que la conclusión a la que arribó el Sr. Fiscal [Taiano, que desestimó la investigación] no sólo estuvo anclada en una visión estrictamente formal de los hechos, sino también parcializada, pues ha soslayado otros aspectos que fueron incluidos en la ampliación de la denuncia, como ser la falta de remisión del Decreto a la Comisión Bicameral Permanente, en violación a lo dispuesto por la Ley 26.122, agregaron.
La totalidad de las circunstancias apuntadas son las que permiten sostener que el dictamen bajo análisis carece de validez argumental suficiente, se concluyó.