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Paraguay aprueba ley más dura contra el abuso de menores

Viernes, 27 de diciembre de 2024 - 10:50 UTC
“La violencia contra nuestros niños no será tolerada bajo ninguna circunstancia”, subrayó Peña “La violencia contra nuestros niños no será tolerada bajo ninguna circunstancia”, subrayó Peña

El presidente paraguayo, Santiago Peña, promulgó este jueves un nuevo proyecto de ley que prevé penas de cárcel más severas para los abusadores sexuales de niños y adolescentes, con el fin de proteger la integridad de las víctimas, se explicó.

 “Hoy estamos dando un paso muy importante en la protección de nuestros niños”, dijo Peña. “Hemos promulgado una trascendental reforma legislativa que convierte a Paraguay en el país de la región con las penas más severas para los abusadores”, agregó. “Este avance no sólo endurece las penas sino que redefine nuestro Código Penal, enviando un mensaje claro: en Paraguay no se tolerará bajo ninguna circunstancia la violencia contra nuestros niños”, prosiguió el jefe de Estado.

Según la nueva legislación, el abuso sexual mediante cópula con menores de 10 años implicará una pena mínima de 15 a 20 años de prisión, que podrá extenderse a 30 años según la gravedad de cada caso. Además, la medida pretende ampliar la protección jurídica de las víctimas de abusos sexuales a menores, describiendo nuevas formas de violencia.

“Estas modificaciones son muy profundas y no es una mera elevación de penas, había muchos vacíos legales y cuestiones que estaban de manera imprecisa y ahora se pone al niño en primer lugar y buscamos evitar la impunidad. Ahora lo ponemos en el primer plano de la ley”, señaló en una entrevista radial el viceministro de la Niñez, Eduardo Escobar.

“Es un día muy esperanzador porque el Estado dio una señal clara y contundente de que el abuso sexual y los hechos punibles contra los niños son intolerables para la sociedad paraguaya y para el Estado. Este aumento del castigo es más que eso” debido a los cambios introducidos en el Código Penal de Paraguay, añadió.

Además, se modificó la definición de coito, no limitándolo sólo a la penetración pene-vagina, e incluye todo tipo de acceso carnal por vía anal, oral, o con introducción de miembros corporales u objetos por algunas de las dos primeras vías. “Cerramos esa posibilidad para que la defensa de los agresores sexuales no tenga ninguna herramienta para poder escabullirse de la justicia”, mencionó Escobar.

El proyecto de ley también contempla agravantes, como el parentesco biológico o ser el cuidador o tutor del menor. También es un agravante haberse aprovechado de una relación de superioridad, afinidad con la familia, o estado de vulnerabilidad de los menores como el caso, por ejemplo, de un conductor de autobús escolar. La nueva regulación incluye asimismo el abuso sexual por medios tecnológicos, conocido como “grooming”, que hasta ahora conllevaba penas bajas en torno a los 3 años de cárcel. “Se contemplaron todas las hipótesis posibles”, insistió Escobar.

Categorías: Política, Paraguay.