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El STF de Brasil despenaliza el consumo de marihuana

Miércoles, 26 de junio de 2024 - 18:07 UTC
El consumo de marihuana seguirá siendo una infracción administrativa hasta que otros poderes del Estado acuerden la cantidad máxima que marca la diferencia entre consumo personal y tráfico El consumo de marihuana seguirá siendo una infracción administrativa hasta que otros poderes del Estado acuerden la cantidad máxima que marca la diferencia entre consumo personal y tráfico

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil emitió un fallo este martes que despenaliza el consumo de marihuana para uso personal, aunque sólo en lugares privados. Según la legislación vigente, que data de 2006, la adquisición o el transporte no autorizados de drogas para uso personal, incluida la marihuana, conlleva sanciones. Se ha mantenido la penalización del consumo de drogas en zonas públicas mientras el debate giró en torno a cuánta marihuana marcaría la diferencia entre consumidores y traficantes. El caso llegó al STF tras un recurso de apelación presentado por un recluso que escondía 3 gramos de marihuana en su celda.

En la Unión Europea, Malta fue el primer país en legalizar el cannabis en 2021, seguida de Luxemburgo en 2023 y, recientemente, Alemania. En otros lugares, solo Uruguay en 2013 y Canadá en 2018 legalizaron la marihuana. Sin embargo, el uso de marihuana con fines medicinales está validado en unos 50 países. En Brasil, muchos pacientes han tenido que conseguir que los tribunales les concedieran el derecho a utilizar el ingrediente activo cannabidiol, o CBD, para el tratamiento de enfermedades como la epilepsia.

Según la decisión del STF, el uso de la sustancia dejará de ser un delito y seguirá siendo una infracción administrativa en espera de una definición sobre la cantidad aceptable para uso personal. Mientras algunos magistrados propusieron cifras específicas, Cármen Lúcia argumentó que 60 gramos deberían ser válidos hasta que el legislador fije una cifra. Los jueces Edson Fachin, Dias Toffoli, Luiz Fux y André Mendonça coincidieron en que corresponde al Congreso o a órganos ejecutivos, como la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa), determinar la cantidad.

Paralelamente al caso ante el STF, se está tramitando en el Congreso una Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC) que tipifica como delito la posesión o portación de drogas, independientemente de su cantidad. El proyecto de ley fue aprobado por el Senado en abril y la semana pasada también fue aprobado por la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ) de la Cámara Baja.

Categorías: Política, Brasil.