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Modernización de la legislación laboral brasileña

Sábado, 26 de agosto de 2017 - 16:05 UTC
Embajador Hadil Da Rocha Vianna Embajador Hadil Da Rocha Vianna

Por Hadil da Rocha Vianna Embajador de Brasil en Uruguay



Para los brasileños, el interés uruguayo por los temas domésticos del Brasil siempre constituyó una evidencia de los sólidos lazos de amistad, económicos y culturales que unen nuestras naciones. En ese marco, parece natural que la reforma laboral actualmente en curso en Brasil despierte especial atención en este país.

 El gobierno brasileño ha hecho un esfuerzo especial para aprobar reformas que posibiliten la modernización de la economía, con creación de más y mejores empleos, al mismo tiempo que asegura los derechos de los trabajadores.

El día 13 de julio de 2017 fue sancionada por el presidente de la República la Ley 13.467, que trata sobre la modernización de la legislación laboral brasileña. El proyecto, que nació de un amplio debate que involucró al Poder Ejecutivo y a entidades sindicales y patronales, fue perfeccionado y finalmente soberanamente aprobado por amplia mayoría en ambas cámaras del Congreso Nacional.

La legislación anterior fue promulgada en los años 40, cuando Brasil era un país con una economía predominantemente rural. Las relaciones de trabajo se modificaron de forma significativa desde entonces, reflejando las transformaciones de la propia actividad económica de las últimas décadas. Normas obsoletas, principalmente en momentos de crisis, inhiben contrataciones y estimulan la informalidad, además de contribuir al estancamiento de la productividad. Actualmente, Brasil se encuentra en proceso de recuperación de la peor recesión de su historia, con 13,5 millones de desempleados y aproximadamente 45 millones de personas que trabajan informalmente.

La nueva legislación confiere al sistema jurídico brasileño las herramientas necesarias para hacer frente a las demandas de la economía contemporánea, estableciendo regímenes compatibles y extendiendo la protección jurídica a situaciones propias de esa economía. Con eso, se estimula la contratación y la formalización. Al mismo tiempo, permanecen preservados los derechos laborales previstos en la Constitución Federal, tales como: seguro de desempleo, el Fondo de Garantía por Tiempo de Servicio, salario mínimo, decimotercer sueldo (aguinaldo), descanso semanal remunerado, licencia paga de 30 días, licencia por maternidad y paternidad, y el aviso previo proporcional al tiempo de trabajo.

Uno de los avances de la ley 13.467 es la reglamentación de las modalidades de trabajo que no se encuadran en la jornada típica de 8 horas diarias y 44 semanales. El trabajo a distancia (o “home office”), el trabajo intermitente (relativo a sectores con demanda variable, como el de eventos), el trabajo en régimen parcial (utilizado por grupos que buscan complementación de ingresos, como adultos mayores y jóvenes) y el trabajo en jornada especial de 12x36 horas (ya utilizado por policías, bomberos, enfermeros y guardias de seguridad) pasan ahora a estar reglamentados, lo que garantiza a esos trabajadores mayor protección jurídica, incentiva la formalización y reduce los litigios en la justicia.

Otro aspecto central de la modernización es la valorización de las convenciones y acuerdos colectivos entre sindicatos y empleadores, privilegiando lo negociado sobre lo legislado. Se busca, con esto, permitir que cada categoría negocie, de forma colectiva, términos que concilien calidad de empleo y aumento de la productividad.

Incluye también importantes medidas para la disminución de la burocracia, que contribuyen a la reducción de costos y al aumento de la eficiencia, tales como: posibilidad de finalizar el contrato de trabajo por mutuo acuerdo; fin de la obligatoriedad de homologar la rescisión contractual por parte del sindicato o del Ministerio de Trabajo; creación del proceso de jurisdicción voluntaria para la homologación del acuerdo extrajudicial; y penalización de los litigios por mala fe.

Se trata de una amplia reforma, necesaria y fundamental, que busca ajustar la legislación laboral brasileña a las relaciones de trabajo vigentes en la economía del siglo XXI, respetando y promoviendo los derechos del trabajador, y en estricto respeto a los compromisos asumidos bilateralmente o en el ámbito del Mercosur y de otros foros internacionales.

En ese contexto, el gobierno brasileño tiene la seguridad de que el proceso de modernización en curso permitirá enfrentar adecuadamente los desafíos propios de la realidad brasileña, impuestos por la crisis que afecta al Brasil desde hace algunos años. Los resultados de este proceso contribuirán decisivamente al fortalecimiento de la estructura económica y social del país.