MercoPress, in English

Viernes, 31 de octubre de 2025 - 17:18 UTC

 

 

Uruguay: Orsi promulga la ley de eutanasia

Viernes, 31 de octubre de 2025 - 10:48 UTC
Hasta que se decrete el marco regulatorio, los procedimientos de eutanasia podrían no llevarse a cabo Hasta que se decrete el marco regulatorio, los procedimientos de eutanasia podrían no llevarse a cabo

El presidente Yamandú Orsi promulgó la ley de “Muerte Digna”, también conocida como ley de eutanasia. El Poder Ejecutivo uruguayo tiene ahora 180 días para redactar el decreto que regulará oficialmente la aplicación de la ley.

“El propósito de esta ley es regular y garantizar el derecho de las personas a morir dignamente”, señala el artículo 1. “Toda persona mayor de edad, mentalmente competente, que se encuentre en la etapa terminal de una enfermedad incurable e irreversible, o que, como consecuencia de enfermedades o afecciones de salud incurables e irreversibles, padezca un sufrimiento insoportable, en todos los casos con un deterioro grave y progresivo de su calidad de vida, tiene derecho, a petición suya y mediante el procedimiento establecido en esta ley, a someterse a la eutanasia para que su muerte se produzca de manera indolora, pacífica y digna”, dispone el artículo 2.

Sin embargo, no habrá turismo de eutanasia, ya que la medida solo aplica a ciudadanos uruguayos y residentes legales extranjeros.

La ley establece un proceso riguroso y en varias etapas para la persona que solicita la muerte médicamente asistida: el paciente debe presentar la solicitud personalmente y por escrito ante un médico, quien deberá confirmar que el paciente cumple con las condiciones clínicas y psicológicas definidas en el artículo 2 y verificar que la voluntad expresada es libre, seria y firme.

Una vez confirmada la admisibilidad, la solicitud debe remitirse a un segundo médico independiente, quien deberá consultar personalmente con el paciente y revisar su historial clínico en un plazo de cinco días.

Si ambos médicos no coinciden, una Junta Médica —compuesta por tres profesionales, entre ellos un psiquiatra y un especialista en la patología del paciente— deberá emitir un dictamen definitivo en un plazo adicional de cinco días.

Si el médico inicial rechaza la solicitud, el paciente tiene derecho a solicitar una segunda opinión de inmediato.

Hasta que se establezca el marco regulatorio, no se podrán llevar a cabo los procedimientos de eutanasia.