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Juez revoca decreto de Milei que convierte al BNA en sociedad anónima

Miércoles, 26 de febrero de 2025 - 19:03 UTC
Según el juez, Milei se excedió en sus atribuciones al decidir sobre el destino del BNA cuando el asunto ya había sido debatido en el Congreso Según el juez, Milei se excedió en sus atribuciones al decidir sobre el destino del BNA cuando el asunto ya había sido debatido en el Congreso

El juez federal argentino Alejo Ramos Padilla dictó una medida cautelar contra el decreto del presidente Javier Milei que allana el camino para la conversión del estatal Banco de la Nación Argentina (BNA o simplemente “Banco Nación”) en una sociedad anónima porque tal medida necesita la aprobación del Congreso dado que la creación y estructura del banco son competencia del poder legislativo.

El magistrado platense argumentó que el decreto podría ser un paso hacia una potencial privatización del banco, que fue excluido de la lista aprobada por el Congreso en 2024 para tal fin. Por ende, el fallo ordenó al Ejecutivo “abstenerse de cualquier acción tendiente a su implementación”.

El decreto de Milei buscaba “modernizar” al BNA y “mejorar su competitividad en los mercados financieros y optimizar la asignación de recursos”.

El sindicato de trabajadores La Bancaria celebró la medida adoptada en la causa que interpuso cuestionando la constitucionalidad de una resolución del directorio del banco. El juez también interpretó el decreto como un posible “paso previo” hacia su venta.

Fundado en 1891, el BNA se convirtió progresivamente en el primer banco comercial del país, tanto en activos como en préstamos y depósitos, con prioridad en las pequeñas y medianas empresas, los negocios rurales, las economías regionales y los hogares. Había sido eliminado de una lista de empresas a privatizar enviada al Congreso en el megaproyecto de Ley de Bases, de donde fue retirado para agilizar su aprobación.

Tras insistir en que “la decisión del Ejecutivo podría contradecir la voluntad del Congreso”, Ramos Padilla dio 5 días al gobierno libertario para apelar.

El Gobierno de Milei ha seguido adelante con otras privatizaciones como la del ferrocarril Belgrano Cargas y la explotación de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en la provincia patagónica de Santa Cruz. “Nada que no deba ser estatal quedará en manos del Estado”, dijo el pasado fin de semana el vocero presidencial Manuel Adorni.

El fallo también mencionó que “el artículo 1° de la Carta Orgánica del Banco establece expresamente que el BNA es una entidad autárquica con autonomía presupuestaria y administrativa, cuyo régimen no está sujeto a las normas generales de la administración pública nacional”.

“Tal disposición impide al Poder Ejecutivo modificar su estructura sin una ley específica del Congreso, pues la delegación legislativa conferida por la Ley 27.742 es de carácter general, y no habilita una transformación de esta magnitud sin una norma expresa”, argumentó el magistrado.

Creado por ley del Congreso, sólo el Poder Legislativo tiene entonces la facultad de revocar la condición de entidad pública del banco “y toda decisión sobre la modificación de la condición de autarquía de una entidad creada por el Congreso Nacional debe emanar exclusivamente del Poder Legislativo”, argumentó Ramos Padilla. De esta manera, el Decreto 116/2025 de Milei excedería sus competencias “ya que la interpretación del alcance de la delegación prevista en el artículo 3° de la ‘Ley Bases’ debe integrarse con el resto de la ley, especialmente con el Capítulo ‘II. Privatizaciones’, en el que se excluyó al Banco de la Nación Argentina, así como con su desarrollo y los consensos alcanzados durante el debate parlamentario”, resolvió el juez.

“Será la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata la que, en definitiva, deberá resolver si mantiene o no la sentencia dictada oportunamente en esta causa que, además de considerar abstracta la cuestión, declaró que la modificación de la situación del Banco de la Nación Argentina no era una cuestión de derecho, declaró que la modificación de la situación jurídica de la entidad bancaria sólo puede realizarse mediante una ley formal sancionada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional y, eventualmente, analizar cómo afecta al 'hecho nuevo' incorporado por la actora, tomando en consideración los alegatos formulados por las partes y lo resuelto en su momento por esta Cámara”, señaló también Ramos Padilla.

El secretario general de La Bancaria, Sergio Palazzo, elogió la decisión del juez. “Celebramos el fallo del juez Alejo Ramos Padilla de la Cámara Federal de La Plata que acaba de suspender el decreto Número 116/25 que transformó al Banco Nación en sociedad anónima”, explicó.

(Ver también: Milei convierte al Banco Nación en sociedad anónima)

Categorías: Economía, Política, Argentina.