A partir del 8 de enero, los viajeros que no necesiten visado para visitar el Reino Unido post-Brexit por motivos de ocio deberán obtener una Autorización Electrónica de Viaje (ETA, por su sigla en inglés) en la página web del Fooreign Office. Con este nuevo permiso, los visitantes extranjeros pueden permanecer hasta seis meses en el país como no residentes (no se les permite ni trabajar ni estudiar) y tiene un coste de 10 libras esterlinas.
Teniendo en cuenta los países del Mercosur, los titulares de pasaportes de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay pueden entrar en el Reino Unido sin visado, no así los bolivianos. En ese caso, se aconseja a los posibles viajeros que consulten con el Foreign Office los detalles concretos sobre los requisitos específicos para cada nacionalidad que desee visitar uno de los cuatro países que componen el Reino Unido (Escocia, Inglaterra, Irlanda del Norte y Gales), incluidos bebés y niños.
El Gobierno británico también ha dejado claro que a los ciudadanos británicos o residentes extranjeros no se les exigirá una ETA.
Los solicitantes de ETA deben enviar una copia escaneada de su pasaporte original, una foto de su cara y facilitar un número de tarjeta de crédito o débito. Las autoridades británicas responderán en un plazo medio de 3 días laborables.
Las siguientes nacionalidades (incluidos los territorios asociados) pueden solicitar ya un ETA: Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Bahréin, Barbados, Belice, Botsuana, Brasil, Brunéi, Canadá, Chile, Costa Rica, Granada, Guatemala, Guyana, Región Administrativa Especial de Hong Kong (incluidos los nacionales británicos de ultramar), Israel, Japón, Kiribati, Kuwait, Región Administrativa Especial de Macao, Malasia, Maldivas, Islas Marshall, Mauricio, México, Estados Federados de Micronesia, Nauru, Nueva Zelanda, Nicaragua, Omán, Palaos, Panamá, Papúa Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Qatar, Samoa, Arabia Saudí, Seychelles, Singapur, Islas Salomón, Corea del Sur, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Taiwán (si tiene un pasaporte expedido por Taiwán que incluya en él el número de la tarjeta de identificación expedida por la autoridad competente en Taiwán), Tonga, Trinidad y Tobago, Tuvalu, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos y Uruguay.
A partir del 5 de marzo de 2025, los nacionales de los siguientes países también podrán solicitar un ETA para viajar el 2 de abril o después: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, San Marino, Suecia, Suiza y Ciudad del Vaticano.
Las demás nacionalidades no pueden obtener un ETA y necesitan un visado en su lugar.