Un juez federal de Mar del Plata dictaminó que la promoción de la vacunación contra el COVID-19 para niños debe detenerse hasta que los fabricantes suministren a los responsables de los menores (es decir, sus padres o cuidadores) toda la información pertinente sobre los efectos secundarios y otras posibles consecuencias.
El juez federal Alfredo López dictó una medida cautelar que abarca a los niños de seis meses a 16 años hasta que se verifique la implementación de las medidas necesarias por parte de las codemandadas -Poder Ejecutivo Nacional y Ministerio de Salud de la Nación- a fin de garantizar el acceso a la información relacionada con los efectos de la inoculación de aquellas vacunas contra el covid-19 autorizadas para su distribución en nuestro país, en particular sobre los efectos adversos, contraindicaciones, riesgos conocidos y potenciales, al momento de la inoculación, dirigida a cada representante legal de los menores -o a quien esté a cargo de ellos- de manera fehaciente. El Gobierno tiene dos días para presentar un recurso.
Con la medida cautelar se salvaguarda el derecho a la información de las personas, hasta que se resuelva definitivamente un tema muy delicado: la aplicación o no de esta vacuna”, dijo López a La Prensa.
Las vacunas COVID-19 no pueden ser aplicadas a menores de 16 años, a menos que se cumplan los requisitos fijados por el magistrado. Es inexacto decir que la vacunación se ha detenido por completo. Los posibles pacientes y sus cuidadores sólo tienen que conocer los posibles contratiempos de ser inyectados, los casos en los que el consejo médico adecuado estaría en contra de aplicar los fármacos, sus posibles efectos adversos y el derecho a una indemnización en caso de muerte o invalidez total o parcial por la vacunación.
López insistió en que una vez cumplidos estos requisitos los padres que lo deseen podrán inocular a sus hijos.