La Corte de Justicia de la Unión Europea brindó a los productores de Champagne una satisfacción el jueves cuando falló en contra de aquellos negocios que pretenden aprovechar un derivado de la designación del espumante más famoso del mundo.
La Comisión Interprofesional de Vinos de Champagne, CIVC, había solicitado a la Suprema Corte de Europa que impidiera a una cadena de bares de tapas en Barcelona el uso de la adaptación champanillo, como parte de su campaña de marketing y promoción en España.
En una primera instancia la CIVC llevó a juicio a la cadena de bares en Barcelona por el uso de la adaptación del nombre del producto protegido por el origen de las tierras donde crecen sus vides. Empero la corte española falló que la marca champanillo no violaba la protección legal del nombre champagne, del momento que no era intención la venta de una bebida alcohólica, sino más bien concentrarse en platos de comida.
CIVC entonces apeló al escalón superior de la Justicia de Cataluña, la cual requirió el asesoramiento de la Corte Suprema de la UE en cuanto a si la designación protegida de origen como lo es champagne, podría ser extensiva a servicios al igual que productos
Los jueces de la Corte Suprema estuvieron de acuerdo con CIVC afirmando que, razonablemente bien informados y razonablemente observadores y circunspectos, los consumidores promedio de Europa pueden claramente establecer el vínculo directo entre las dos designaciones.
La Corte con sede en Luxemburgo agregó que el sistema PDO, (designación protegida de origen), es extensivo tanto para productos como para servicios
El reglamento por tanto establece una amplia protección que es extensiva a todos los usos que aprovechan de la reputación disfrutada por productos cubiertos por una de esas designaciones, agregó.
La Corte Suprema ya entregó la consulta a la corte de apelación de Cataluña en Barcelona para que realice la sentencia definitiva.