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Corte Suprema de Argentina invoca competencia originaria en controversia por escolaridad presencial

Martes, 20 de abril de 2021 - 10:12 UTC
La Corte Suprema dio al gobierno federal y al de CABA cinco días hábiles para presentar sus casos. La Corte Suprema dio al gobierno federal y al de CABA cinco días hábiles para presentar sus casos.

La Corte Suprema de Argentina resolvió el lunes que la cuestión relativa a la objeción de la Ciudad de Buenos Aires al decreto presidencial que prohíbe la escolarización presencial hasta el 30 de abril cae bajo su propia competencia originaria según el artículo 117 de la Constitución, invalidando así cualquier resolución en contrario por parte de un tribunal inferior.

En la lucha contra la pandemia del covid-19, el presidente argentino Alberto Fernández emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 241/2021 imponiendo una serie de restricciones adicionales a la circulación de personas dentro del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Entre esas medidas estaba la prohibición de las clases presenciales.

AMBA incluye pero no se limita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), donde gobierna la oposición Juntos por el Cambio (JxC). Por otro lado, los municipios alrededor de CABA también incluidos en AMBA están dentro de la provincia de Buenos Aires, donde el gobernador Axel Kiciloff se alinea políticamente con el gobierno federal.

A última hora del domingo, el alcalde de la CABA, Horacio Rodríguez Larreta, decidió a las 22.30 horas no observar el decreto presidencial en materia de educación, citando un nuevo fallo de un tribunal de la ciudad de Buenos Aires.

La decisión del pleno del lunes de la máxima corte del país por 4 votos contra 1 significa que solo esos cinco magistrados pueden pronunciarse sobre este tema particular, según lo establece el artículo 117 de la Constitución Argentina, calcado artículo III, sección 2 de la de los Estados Unidos y que dice que la Corte Suprema tendrá “competencia originaria” (es decir, no por apelación) “en todos los asuntos relacionados con embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los que una provincia sea parte”.

El presidente del Tribunal Supremo Carlos Rosenkrantz y los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti apoyaron la opinión del Fiscal General, mientras que la jueza Elena Highton de Nolasco emitió un voto disidente.

La Corte Suprema dio ahora a ambas partes (el Gobierno Nacional y el de CABA) cinco días hábiles para presentar sus casos.

Mientras tanto, el Sindicato de Trabajadores de la Educación Docente (UTE) se declaró en huelga el lunes por temor a contagiarse del coronavirus pero con un claro motivo político de apoyo a Fernández. “Ante la insistencia del gobierno de la ciudad de mantener abiertas las escuelas con clases presenciales, llamamos al paro”, dijo UTE en un comunicado.

El subsecretario general de la UTE, Eduardo López, admitió que la medida fue en apoyo al decreto de Fernández y subrayó que solo en el primer mes de clases presenciales se registraron 1.250 casos de Covid-19 en las escuelas. “Es una ley nacional y, como cualquier ley, debe cumplirse y nadie puede obligar a los trabajadores a no hacerlo”, dijo. Otros sindicatos marcharon por las calles de Buenos Aires en respaldo a las acciones de UTE.

Aunque algunas escuelas abrieron el lunes, la ministra de Educación de CABA, Soledad Acuña, había anticipado que la educación presencial no se restablecería por completo antes del martes. Sin embargo, se informó que una escuela privada en Buenos Aires despidió a dos docents de nivel secundario que se negaron a dar clases presenciales el lunes.