La Corte de Apelaciones de la ciudad chilena de Antofagasta aumentó a 10 millones de Pesos chilenos (unos US$ 15.000) la indemnización por daño moral que deberá pagar Sky Airline a un pasajero que fue violentamente bajado desde un avión de esa compañía en el aeropuerto de Calama el 12 de agosto de 2015, por un problema con el pasaje que no fue advertido oportunamente al afectado.
Además, el tribunal de alzada confirmó la multa de 50 UTM ($2.334.000 al valor de septiembre, unos US$ 4.000)) que deberá pagar la compañía aérea por infringir la ley de protección de derechos de los consumidores, multa impuesta por el Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta el 28 de abril pasado, junto con la indemnización inicial de $1.400.000 (US$ 2.200) que fue incrementada por la corte.
El pasajero afectado fue el ingeniero civil Oscar Escandón, quien fue obligado a bajar por la fuerza del avión y con apoyo de un carabinero, cuando se disponía a regresar a Santiago debido a que el pasaje lo compró a otra compañía con fecha de retorno en septiembre. Esto último no fue advertido por Sky Airline al pasajero y le permitió abordar sin problemas. Cuando se le ordenó descender, Escandón se negó rotundamente, porque perdería el vuelo, y lo obligaron a bajar violentamente.
El fallo unánime consigna que en el mostrador fue atendido, se le chequeó y entregó su tarjeta de embarque, sin que la querellada y demandada civil efectuara reparo alguno a las condiciones de adquisición del pasaje, al hecho que éste último no hubiera efectuado el primer tramo del viaje, a diferencias en el costo del mismo u otras. De haber existido algún tipo de situación que condicionara el viaje de Escandón, la aerolínea debió representarla en ese momento pues, a todas luces, es la oportunidad de hacerlo.
La resolución agrega que ”las molestias, vergüenza, escarnio y trato provocadas por la querellada y demandada civil son considerablemente mayores que los tasados por el juez (de Policía Local), ya que fue desalojado del avión a la vista de todos los pasajeros y la tripulación.
Tampoco es menor la circunstancia que se utilizó la fuerza para el desalojo y que la aerolínea disponía de los elementos para evitar todo el bochorno del que fue víctima el pasajero. Todo lo anterior provoca una afectación grave y mayor a la normal en la autoestima y en la estabilidad psíquica (…) lo que es obviamente constitutivo de un daño moral de difícil reparación, en consecuencia esta Corte, tasando prudencialmente la indemnización por dicho concepto estima que la suma de $10 millones, lo resarce de manera más equitativa”, concluye.