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Kicillof quita trascendencia a fallo de justicia alemana que favorece tenedores de bonos

Miércoles, 25 de febrero de 2015 - 07:08 UTC
 “Este tipo de sentencias monetarias no resultan ejecutables contra la República Argentina, y no constituye ninguna novedad ni revés judicial”, según Kicillof “Este tipo de sentencias monetarias no resultan ejecutables contra la República Argentina, y no constituye ninguna novedad ni revés judicial”, según Kicillof
El fallo alemán rechazó el argumento argentino relativo “a retener los pagos de todos los bonos si se llega a un acuerdo con la mayoría de los acreedores”. El fallo alemán rechazó el argumento argentino relativo “a retener los pagos de todos los bonos si se llega a un acuerdo con la mayoría de los acreedores”.

El gobierno argentino desmintió a última hora del martes que la sentencia a favor que recibieron tenedores de bonos (holdouts) en Alemania haya sido “un nuevo revés” judicial para la Argentina.

 Mediante un comunicado, el ministerio de Economía señaló que “fallo de la Justicia alemana del día de la fecha se inscribe entre los más de 600 litigios por montos menores que existen actualmente en dicho país (en este caso, el reclamo es por alrededor de 6.000 Euros), y no constituye ninguna novedad procesal ni revés para la República Argentina, toda vez que por ser un Estado Soberano goza de inmunidad de ejecución”.

Y agregó que “la República Argentina ya ha resistido múltiples embates en el pasado por intentos de embargo por parte de los fondos buitre, demostrando en todos los casos que por ser un Estado Soberano goza de inmunidad de ejecución”.

A través de su cuenta de Twitter, el ministro de Economía, Axel Kicillof, señaló que el “fallo no constituye ninguna novedad procesal para la República Argentina”.

“Este tipo de sentencias monetarias no resultan ejecutables contra la República Argentina, y no constituye ninguna novedad ni revés judicial”, agregó.

Sobre el supuesto “nuevo revés” judicial en Alemania. El fallo no constituye ninguna novedad procesal para la República Argentina. — Axel Kicillof (@Kicillofok) febrero 25, 2015

En su fallo el Tribunal Federal de Justicia de Alemania rechazó los argumentos presentados por la defensa de Argentina que sostuvo que el derecho internacional “permite a los países por defecto retener los pagos de todos sus bonos si se llega a un acuerdo con la mayoría de los acreedores”.

El fallo dictado por el juez Hans-Ulrich Joeres de un tribunal de la ciudad alemana de Karlsruhe favorece a los tenedores de bonos en default que no entraron a los canjes de deuda y dispuso que la Argentina deberá pagarles los intereses devengados por un monto cercano a los 6 mil euros.

En su sentencia, el juez en una audiencia que se realizó el martes sostuvo que “ni la crisis financiera de 2008 y 2009, ni las medidas de Europa de rescate para Grecia y Chipre establecieron una regla general de que los acreedores de un Estado en una angustia económica y financiera deben participar en una reestructuración”.