Foto: Raphael WOLLMANN / Getty Images Las sanciones que Argentina ha impuesto a las empresas del proyecto petrolero Sea Lion, al norte de las Falklands/Malvinas, recaen sobre entidades concretas y no sobre grupos empresariales completos, por lo que la filial que hoy opera el yacimiento no está alcanzada de forma automática, según un análisis jurídico del sitio especializado Diplomacy & Law.
La Secretaría de Energía argentina declaró ilegal la actividad de Rockhopper Exploration plc en 2012 y la inhabilitó para operar en el país durante 20 años en 2013. En 2022 aplicó una sanción similar a Navitas Petroleum LP. Pero el operador actual del proyecto es Navitas Petroleum Development and Production Ltd, una filial británica del grupo israelí. Una sanción impuesta a Navitas Petroleum LP no se convierte automáticamente en una sanción idéntica contra cada empresa afiliada, sostiene el autor, Edmarverson A. Santos, salvo que la ley lo prevea expresamente o se adopte una nueva medida.
El marco legal argentino, sin embargo, va más allá de los titulares de las licencias. La Ley 26.659, de 2011, prohíbe la participación directa o indirecta en la exploración o explotación de hidrocarburos que el país considera no autorizada en su plataforma continental, y prevé inhabilitaciones de entre 5 y 20 años. Alcanza, según sus condiciones, a accionistas, proveedores de servicios, financistas, operadores logísticos y asesores técnicos. La Ley 26.915, de 2013, añadió penas para directivos y empresas.
El decreto firmado por el presidente Javier Milei el 3 de septiembre designó a la Cancillería como autoridad de aplicación, fijó plazos breves para tramitar los expedientes y exigió declaraciones de cumplimiento a quienes soliciten acceder al régimen de incentivo a las grandes inversiones o a permisos hidrocarburíferos en el país. Ese mecanismo es el que explica el efecto sobre empresas con negocios en Argentina: Halliburton, SLB y Baker Hughes anunciaron que no trabajarán en Sea Lion, y la primera precisó que las autoridades le plantearon la aplicación de sanciones penales y civiles.
El análisis distingue entre dictar normas y hacerlas cumplir. Argentina puede negar permisos y beneficios y sancionar a quienes estén bajo su jurisdicción, pero no puede ejercer autoridad coercitiva en el archipiélago ni en otro Estado sin una base legal independiente o la cooperación de ese país. Para las empresas sin vínculos con Argentina, el riesgo es sobre todo reputacional o comercial.
Ninguna de estas medidas resuelve la cuestión de fondo. Las licencias de las Falklands no pueden establecer el título británico sobre las islas, y las resoluciones administrativas argentinas no pueden establecer el título argentino, concluye el autor. El Reino Unido sostiene que la actividad es legítima y se rige por la legislación del archipiélago conforme al derecho internacional; Argentina mantiene su reclamo de soberanía y sostiene que las licencias carecen de validez.