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STF extiende protección contra violencia doméstica a parejas del mismo sexo y mujeres trans

Martes, 25 de febrero de 2025 - 09:19 UTC
“Los rasgos físicos externos son un factor, pero no el único determinante del género”, afirmó De Moraes “Los rasgos físicos externos son un factor, pero no el único determinante del género”, afirmó De Moraes

En una decisión plenaria virtual la semana pasada, el Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF) decidió extender la protección contra la violencia doméstica prevista en la llamada Ley Maria da Penha a las parejas del mismo sexo y a las mujeres trans, accediendo así a una solicitud de la Asociación Brasileña de Familias HomoTransAfectivas, que argumentaba que el Congreso Nacional no ha legislado sobre la materia.

El relator del caso, Alexandre De Moraes, afirmó que la falta de una norma que extienda la protección de la Ley Maria da Penha “podría crear un vacío en la protección de las víctimas y en la sanción de la violencia doméstica”. En su voto, el magistrado argumentó que “dado que la Ley Maria da Penha fue creada para proteger a las mujeres de la violencia doméstica, reconociendo su subordinación cultural en la sociedad, también puede aplicarse a las parejas del mismo sexo cuando los factores contextuales colocan a la víctima masculina en una posición subordinada dentro de la relación”.

También señaló que “la identidad de género, aunque social, es un aspecto fundamental de la personalidad, que abarca el derecho a la identidad, la intimidad, la privacidad, la libertad y la igualdad de trato, todos ellos salvaguardados por el principio general de la dignidad humana”.

En cuanto a las mujeres transgénero y travestis, De Moraes interpretó que el término “mujer” en la Ley Maria da Penha abarca tanto el sexo biológico como la identidad de género. Destacó que “los rasgos físicos externos son un factor, pero no el único determinante del género”.

De Moraes agregó que “el Estado tiene el deber de garantizar la protección en el ámbito doméstico a todo tipo de estructuras familiares”.

Promulgada en 2006, la Ley Maria da Penha prevé medidas para proteger a las víctimas de violencia doméstica, incluidos tribunales especiales, órdenes de protección de emergencia y asistencia a las víctimas.

En su informe de 2022, el Consejo Nacional de Justicia reveló que el homicidio fue el delito más común contra travestis y personas homosexuales, representando el 80% y el 42,5%, respectivamente. En el caso de las lesbianas, los delitos más frecuentes fueron las lesiones corporales (36%) y los insultos (32%). Las mujeres trans, por el contrario, fueron las víctimas más frecuentes de amenazas (42,9%). (Fuente: Agencia Brasil)

Categorías: Política, Brasil.