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Argentina: Extranjero removido de lista de receptores urgentes para trasplante de corazón

Sábado, 16 de setiembre de 2023 - 11:17 UTC
El ciudadano peruano había sido diagnosticado con insuficiencia aórtica severa El ciudadano peruano había sido diagnosticado con insuficiencia aórtica severa

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Buenos Aires ordenó retirar a un extranjero que esperaba un trasplante de corazón de la lista de receptores administrada por el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) por considerar que el peticionante no es residente permanente en el país, como exige la ley.

La noticia se conoció un día después de que una ola de sentimientos nacionalistas recorriera las redes sociales tras la muerte en Bolivia de un ciudadano argentino al que se le negó tratamiento médico tras recibir una herida de arma blanca.

De esta manera, el máximo tribunal anuló una medida cautelar del 3 de julio que ordenaba al Incucai incorporar a un ciudadano peruano con residencia temporal en el país a la lista de espera urgente de receptores para un trasplante de corazón. Los jueces Guillermo Antelo, Eduardo Gottardi y Fernando Uriarte destacaron que la decisión del tribunal inferior constituyó una “flagrante desviación de la ley vigente” y subrayaron que el magistrado que concedió la medida cautelar “entre otras cosas, no convocó a una audiencia personal con el demandante en presencia del Fiscal, ni ordenó la intervención de peritos médicos, asistente social y psiquiatra”, como prevé la Ley de Trasplantes. “Tales omisiones implican la posible inobservancia de una disposición de orden público que, como tal, excede el mero interés individual y no puede ser ignorada por el Tribunal”, agregaron.

El ciudadano peruano con permiso de residencia temporaria en la Ciudad de Buenos Aires fue asesorado por la Defensoría Pública Oficial para exigir al Incucai que lo incluya en su “lista de espera urgente para trasplantes cardíacos”. El paciente ingresó al país en octubre de 2022 y “el mismo día de su llegada sufrió una descompensación cardíaca y debió ser trasladado al Hospital Cosme Argerich”, dice el fallo.

Los cardiólogos que lo atendieron le diagnosticaron ”miocardiopatía dilatada de etiología valvular (insuficiencia aórtica severa + dilatación de aorta ascendente)“, por lo que determinaron que ”la única terapia posible“ era un trasplante cardíaco.

En marzo de 2023 se le otorgó un certificado de discapacidad y al mes siguiente los médicos solicitaron ”su alta“ en el Incucai, que fue denegada. De ahí, la acción legal. El Defensor de Oficio insistió en la medida cautelar y el magistrado que la concedió instruyó de oficio a la Dirección Nacional de Migraciones para que en el plazo de diez días se expidiera sobre el cambio de situación solicitado por el actor.

La Cámara de Apelaciones destacó que la Ley 27.447 de 2018 tiene por objeto ”regular las actividades relacionadas con la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano“ en la Argentina, y ”determina un procedimiento especial en el ámbito judicial para decidir en forma expeditiva en toda acción civil tendiente a obtener una resolución judicial respecto de cuestiones extrapatrimoniales relacionadas con la ablación e implantación de órganos o tejidos.”

(Fuente: Infobae)