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Opciones que se abren para la oposición venezolana si vota bien el domingo

Sábado, 5 de diciembre de 2015 - 10:16 UTC
Según el constitucionalista Hermánn Escarrá Venezuela no es exactamente un sistema parlamentario “pero tampoco es un presidencialismo exacerbado” Según el constitucionalista Hermánn Escarrá Venezuela no es exactamente un sistema parlamentario “pero tampoco es un presidencialismo exacerbado”
Si  la oposición obtuviera la mayoría simple, 84 en 167 escaños, podría designar la junta directiva de la cámara, que tomará posesión el 5 de enero de 2016 Si la oposición obtuviera la mayoría simple, 84 en 167 escaños, podría designar la junta directiva de la cámara, que tomará posesión el 5 de enero de 2016
También podría aprobar una amnistía que extinguiría la responsabilidad penal sobre varios opositores presos, entre ellos Leopoldo López También podría aprobar una amnistía que extinguiría la responsabilidad penal sobre varios opositores presos, entre ellos Leopoldo López
También podría autorizar al TSJ el enjuiciamiento del primer mandatario, así como proponer un voto de censura al vicepresidente ejecutivo y a los ministros También podría autorizar al TSJ el enjuiciamiento del primer mandatario, así como proponer un voto de censura al vicepresidente ejecutivo y a los ministros

Las elecciones de la Asamblea Nacional (AN) venezolana del próximo domingo pueden poner sobre la mesa diferentes escenarios, algunos de los cuales podrían cambiar la dinámica política del país caribeño tal como se conoce en los últimos 15 años.

 En manos de quienes obtengan la mayoría del Parlamento unicameral, de 167 escaños, recaerá el poder con el que se podría amenazar o consolidar la llamada revolución bolivariana, el proyecto político ideado por el fallecido Hugo Chávez, y liderado ahora por su hijo político, el presidente venezolano, Nicolás Maduro.

Al margen de algunas listas independientes, compiten principalmente dos claros bandos. De un lado los opositores, ansiosos por hacerse un espacio dentro del poder y generar cambios políticos, pero que no han logrado mayores victorias desde que el chavismo llegó al poder en 1999.

Del otro lado, los chavistas, que desde que este órgano legislador se creó en 2000, tras un proceso constituyente convocado por Chávez y que disolvió el antiguo Congreso, han impulsado desde allí todo su respaldo al Ejecutivo, que no conoce una Cámara en la que no ejerza la mayoría.

El abogado constitucionalista Hermán Escarrá explicó que el de Venezuela no es exactamente un sistema parlamentario “pero tampoco es un presidencialismo exacerbado”, justamente porque “tiene un sistema de controles, de competencia y atribuciones muy fuertes” en el poder legislativo y de ahí la importancia de estos comicios.

En un primer escenario, si la oposición obtuviera la mayoría simple, que implica la mitad más uno de los 167 diputados, es decir 84 escaños, podría designar la junta directiva de la cámara, que tomará posesión el 5 de enero de 2016, y de la que nunca ha formado parte.

Es precisamente con esta mayoría que la oposición podría aprobar una ley de amnistía que extinguiría la responsabilidad penal que pesa sobre varios opositores presos, entre ellos el líder de Voluntad Popular, Leopoldo López, condenado a casi 14 años de prisión por la violencia de una marcha antigubernamental.

Asimismo, podría autorizar al Tribunal Supremo (TSJ) el enjuiciamiento del primer mandatario, así como proponer un voto de censura al vicepresidente ejecutivo y a los ministros, planes estos últimos que ya ha dicho tener en su agenda la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD).

Con mayoría simple también se puede designar a los magistrados del TSJ, al fiscal general, al contralor y, en algunos casos, al defensor del Pueblo, aunque, estos cargos ya han sido elegidos recientemente y su remoción solo sería posible si antes hubiera una solicitud expresa del alto tribunal.

El segundo escenario es el de lograr los tres quintos de los escaños, o una mayoría calificada de 100 diputados, que permitiría aprobar un voto de censura del vicepresidente y los ministros, lo que implicaría su destitución.

El tercer escenario, el que confiere mayor poder, sería la mayoría de dos tercios de los asientos, o 111 diputados, con los que podrían llevarse a referendo aprobatorio los proyectos de ley, los tratados, convenios o acuerdos internacionales.

Esa mayoría permite igualmente destituir a los magistrados, en el caso de que cometieran faltas graves que fueran calificadas previamente por el Poder Ciudadano (integrado por el fiscal, el defensor del pueblo y el contralor).

El chavismo, que ya ha gozado de todos estos poderes, especialmente en este último periodo con la mayoría calificada de tres quintos, espera alcanzar al menos una mayoría simple para poder mantener el orden como hasta ahora.

Con esa cuota de respaldo podrían seguir aprobando los créditos adicionales con los que el Ejecutivo cumple buena parte de sus programas sociales y que, por lo general, representan alrededor del 50% del presupuesto de la nación.

De lo contrario, cabría aún otro hipotético escenario que sería usar la actual mayoría de 100 diputados oficialistas para que el Parlamento apruebe poderes habilitantes al presidente antes de que se constituya el nuevo, lo que le permitiría dictar leyes y decretos sin necesidad de que esos instrumentos pasen por la Cámara por hasta un plazo de año y medio.

Este paso tendría que concretarse antes del 4 de enero, el último día en el que el actual Parlamento está autorizado para aprobar leyes. Esta opción, sin embargo, puede ser derogada por la mayoría que constituya el nuevo Parlamento al día siguiente de su toma de posesión.

Escarrá, que formó parte del equipo constituyente que elaboró la actual Carta Magna venezolana en 1999, señala que aunque “todos los poderes son importantes sin lugar a dudas, este -el legislativo- es un poder especialísimo de la democracia”.

Respecto al referendo revocatorio del mandato presidencial -una opción dejada entrever por algunos opositores-, el jurista precisó que solo sería posible con la decisión popular y no a través de una iniciativa legislativa.

En cambio, sí “podría iniciar el juicio político, o podría iniciar el proceso de vejación constitucional, que es lo que llamamos aquí en Latinoamérica el abandono constitucional del cargo”, explicó.