El gobierno argentino informó el martes que aguarda una respuesta concreta del Juez Thomas Griesa a quien se le dirigiera una carta solicitando se reinstale el efecto suspensivo del fallo que obliga a Argentina a pagar a los fondos especulativos, de forma de poder entablar conversaciones con los demandantes en un plazo de tiempo razonable para este tipo de negociaciones.
En su conferencia de prensa habitual en la Casa de Gobierno, el jefe del gabinete Jorge Capitanich apeló a la reserva de los contactos y se abstuvo de opinar sobre el abogado Daniel A. Polack, el mediador designado por el juez de Nueva York para que conduzca y presida las negociaciones entre la Argentina y los holdouts.
El Gobierno va a esperar la respuesta concreta del juez respecto a la notificación formal entregada el día de ayer. No vamos a hacer ningún comentario que no sea observar la resolución de carácter judicial. Vamos a responder en tanto y en cuanto tengamos la resolución, afirmó Capitanich.
En diálogo con los medios, Capitanich también evitó referirse a la estrategia que tomaría el Gobierno de Cristina Fernández en la negociación con los fondos buitre para evitar que se aplique la cláusula conocida como RUFO, que reconoce al resto de los bonistas el derecho de beneficiarse si Argentina pacta con otros mejoras a la propuesta de pago ofrecida en los canjes.
Dada la complejidad de esta cuestión y todas las aristas legales, no voy a formular comentarios respecto a la estrategia judicial, esto es por respeto a la estrategia judicial misma, remarcó el jefe de Gabinete.
A continuación se reproduce la traducción del escrito que el abogado Carmine D. Boccuzzi Jr presentó el lunes por la tarde al Juez Griesa:
Le escribo para actualizarle la información brindada a la Corte durante la audiencia del pasado miércoles de que la República Argentina (la República) tiene la voluntad de negociar de buena fe. La República Argentina respetuosamente solicita una medida suspensiva (stay) de los Amended Injunctions [medidas cautelares] que le permita entablar conversaciones con los demandantes en un plazo de tiempo razonable para este tipo de negociaciones.
Recientemente, la República ha resuelto con éxito importantes disputas, incluyendo la existente con Repsol S.A. que había demandado a la Argentina por la expropiación del 51% de las acciones de YPF S.A. ante el CIADI por la suma de 10.000 millones de dólares, con las naciones miembro del Club de Paris por 9.700 millones de dólares, con los titulares de laudos CIADI. Estos recientes acuerdos -que fueron producto de extensas negociaciones y se concretaron en condiciones de cumplimiento posible para la República, con quitas, extensión de plazos y/o reducción de tasas- constituyen grandes avances que reflejan el foco de la Argentina con respecto a la salida de la crisis de 2001 y la normalización de las relaciones con sus acreedores. Todos estos acuerdos fueron voluntarios y por tanto equitativos para las partes. Argentina quiere salir de los litigios que han cargado sobre ella y sobre las Cortes. Por ello respetuosamente solicita un stay de su Señoría. Un stay proporcionaría un resguardo (un paraguas legal) para que las negociaciones tengan lugar considerando las complejidades legales y financieras inherentes al proceso.
Toda vez que la decisión de la Corte de Apelaciones del Second Circuit requiere a Argentina, cuando realiza un pago de intereses sobre la deuda reestructurada, a pagar a los acreedores el total del capital e intereses de su deuda en default, la República no está en condiciones de pagar a los demandantes en su totalidad, ni de pagar la totalidad a algunos acreedores y no a otros. El total adeudado a los holdouts luego de la reestructuración de deuda de la República excede la mitad las reservas del país. Ningún país puede utilizar la mitad de sus reservas para hacer un pago y ser dejado sin medios para administrar su moneda, manejar su economía, incluyendo atender las necesidades de su población. Ni puede Argentina ignorar la cláusula de Derechos Sobre Ofertas Futuras (RUFO), que adjuntamos como Anexo, que es uno de los términos de la deuda reestructurada bajo ley de Nueva York y cuyos efectos pierden vigencia el 31 de diciembre de 2014, ya que esto puede llevar a que en otras jurisdicciones se entable un litigio que haga caer la reestructuración exitosa del 92% de la deuda de la República que estaba en default. Además, como nación soberana, Argentina también se encuentra sujeta a sus propios procesos constitucionales y a las leyes sancionadas por el Congreso vigentes en materia de reestructuración de deuda.
Por lo tanto Argentina se encuentra comprometida a entablar un diálogo con los demandantes que pueda llevar a la resolución de este litigio en tanto y en cuanto se den las condiciones propicias para que la negociación contemple los intereses del 100% de los acreedores.
En resumen, la República está comprometida al diálogo que continuará en lo que la República aspira será una resolución final a este litigio, y a todo el problema de la deuda externa, lo cual constituye una cuestión de interés público para todo el pueblo argentino. La República ha honrado sus obligaciones, incluyendo a los bonistas reestructurados, y quiere seguir honrándolos cumpliendo con el 100% de los acreedores. La República en consecuencia le solicita respetuosamente a Su Señoría que otorgue este stay para brindar la posibilidad de iniciar negociaciones de buena fe entre Argentina y sus acreedores.