El correo, el transporte marítimo y el transporte aéreo son los servicios con más barreras a la competencia internacional en Chile, según unos nuevos indicadores presentados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Por el contrario, el transporte por carretera, la distribución y los seguros son los subsectores de los servicios más abiertos, a un nivel por debajo de la media de los 40 países evaluados en el estudio, los 34 miembros de la OCDE y seis otros, que son las grandes potencias emergentes.
En total, Chile está más cerrado que la media en 12 de los 18 subsectores de los servicios objeto de escrutinio, y en los seis restantes se sitúa por encima de los más virtuosos.
El nivel de barreras de Chile en el correo es de casi 0,5 puntos (en una escala de 0 a 1), lejos por encima de la media de esos 40 Estados (en torno a 0,25), y la razón es el monopolio de la empresa pública en la recogida, el transporte y el reparto de cartas, lo que cierra el acceso a competidores privados.
Los autores de la organización añadieron que la compañía goza de un tratamiento preferente en el IVA y que no hay regulación para evitar los subsidios en sus actividades, sean las que están abiertas a la competencia o las otras.
En el transporte marítimo, hicieron notar que hay restricciones a la entrada, que Chile limita al 49 % la participación que pueden tener los extranjeros para registrar un barco. Por si fuera poco, la actividad de cabotaje está reservada a navíos chilenos.
Aun siendo alto el volumen de barreras en el transporte aéreo de Chile, se sitúa por debajo de la media de los 40 casos analizados.
A ese respecto, la OCDE recordó que Chile es uno de los pocos países que no impone restricciones al porcentaje que pueden tener los extranjeros en una aerolínea. No obstante, para registrar un avión en Chile, una compañía aérea debe tener un gerente de nacionalidad chilena, así como la mayoría de su equipo director.
En el otro extremo, el transporte por carretera está totalmente abierto a la instalación de firmas extranjeras y en la distribución no hay regulaciones discriminatorias para los operadores originarios del exterior.