El Consejo de Ministros de España ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomos ibéricos, medida que dotará de más información y rigor al etiquetado de estos productos. Los consumidores podrán comprobar de un vistazo la denominación de venta y el tanto por ciento racial del alimento.
En el etiquetado se establece la obligatoriedad de indicar el tanto por ciento de raza ibérica, cuando se trate de animales 100% ibérico, y en lugar destacado de la misma en los demás casos. Se reserva, exclusivamente para la designación 'de bellota', los nombres, logotipos, imágenes, símbolos, o menciones facultativas que evoquen o hagan alusión a algún aspecto relacionado o referido con la bellota o la dehesa. De esta forma, el 'pata negra' sólo se podrá utilizar en productos de bellota 100% ibéricos.
Las denominaciones de venta se simplificarán de las cuatro opciones anteriores a tres: de bellota, de cebo de campo y de cebo, eliminándose la designación recebo.
A propuesta del Ministerio de Agricultura español se refuerzan los sistemas de control en los pesos de los canales y las piezas y en el tiempo mínimo de elaboración, mejorando la fiabilidad en la asignación de las menciones que realmente corresponden a los productos.
Para contribuir al mantenimiento de la cabaña ibérica las nuevas disposiciones promoverán un modelo productivo que mejore el actual, donde una sobreproducción ha conducido a una grave crisis del sector, con unas caídas muy importantes en ventas y un hundimiento de los precios de las piezas, que han puesto en riesgo la sobrevivencia de muchas explotaciones e industrias.