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Por qué las Falklands son británicas

Viernes, 1 de mayo de 2026 - 13:00 UTC
Gran Bretaña no es más el poseedor de las Falklands, tan solo la “potencia administradora” Gran Bretaña no es más el poseedor de las Falklands, tan solo la “potencia administradora”

Por Graham Pascoe - El 24 de abril se informó en los diarios Guardian y Telegraph de Londres que el Presidente Trump había solicitado al Pentágono que “reviera el reclamo de Gran Bretaña a las Islas Falkland,” como forma posible de “castigo” a Gran Bretaña por su renuencia en apoyar su guerra contra Irán.

 El artículo en The Telegraph afirmaba que el Pentágono estaba considerando una serie de opciones, incluyendo reevaluar “el apoyo diplomático para las ‘posesiones imperiales europeas’ de larga data, tales como las Islas Falkland”.

La noticia apareció al día siguiente en todos los principales diarios argentinos, además, desde entonces, de artículos dentro de esa línea en distintos medios de comunicación.

Creo es importante de poner las cosas en claro antes de tomar esas versiones con demasiada seriedad, por tanto he aquí algunos puntos básicos respecto al reclamo de Gran Bretaña sobre las Islas Falkland.

Para empezar las Islas no son una “posesión imperial” de Gran Bretaña, eso es lenguaje correspondiente al siglo 19.

En el siglo 19 Gran Bretaña simplemente poseyó las Falklands al igual que otras potencias coloniales poseyeron sus posesiones imperiales.

Pero desde la Segunda Guerra Mundial el sostenido desarrollo del Derecho Internacional en materia de Descolonización ha decisivamente cambiado su posición.

El Derecho de Descolonización internacional está contenido en la Carta de Naciones Unida. Resoluciones de la Asamblea General de ONU y en fallos de la Corte Internacional de Justicia. Bajo esas condiciones Gran Bretaña no es más el poseedor de las Falklands, tan solo la “potencia administradora”; la auto determinación completa sobre las Islas no está en manos de Gran Bretaña, sino más bien en sus habitantes, los Isleños (‘Falkland Islanders’).

La Resolución 1541 de Naciones Unidas del año 1960 establece tres formas mediante la cual la descolonización puede tener lugar, y conducir a

(1) Independencia
(2) Libre Asociación con un estado independiente y
(3) Integración a un estado independiente.
La Resolución 2625 de 1970 repite esas tres opciones y agrega la llamada “cuarta opción”.
(4) Cualquier otro estatus libremente determinado por un pueblo.

Para agregar unas palabras de explicación, (1) “independencia” significaría que las Falklands se convertirían en un país soberano, miembro de ONU, con embajadas en el exterior y embajadas extranjeras en la capital Stanley. (2) Libre asociación significaría que las Falklands se convertirían en un país independiente y miembro de Naciones Unidas, con unas pocas embajadas, pero que Gran Bretaña tendría responsabilidad total sobre su defensa.

Un ejemplo de libre asociación es la Republica de Palau, un pequeño país isla en el Pacifico con un entorno de 350 islas y unas 18.000 personas: ha sido miembro de Naciones Unidas desde 1993 pero está en ‘libre asociación’ con Estados Unidos el cual suministra la defensa del momento que la isla no cuenta con fuerzas armadas propias; (3) integración significaría que las Falklands formarían parte de Gran Bretaña, o sea por ejemplo parte de una circunscripción constitucional, como podría serlo de Cornwall, y votaría por un representante en elecciones británicas.

Ambos (2) y (3) requerirían también la aprobación de Gran Bretaña, y la (4), cualquier otros estatus es con lo que cuentan las Falklands en la actualidad. Su progreso constitucional desde 1945, con las constituciones de 1949, 1985 y 2009, ha traído un sostenido incremento en la participación de los Isleños (Falkland Islanders) en la gobernanza de su país y el referéndum de 2013 demostró que han “determinado libremente” el estatus político que desean tener, es decir en sociedad con Gran Bretaña.

Eso por supuesto puede cambiar en cualquier momento, pero siempre en acuerdo con los Isleños (Falkland Islanders). En varios de los fallos, por ejemplo sus Opiniones Consultivas en el caso de Namibia en 1971, y el caso de las Islas Chagos en 2019 la Corte Internacional de Justicia ha dictado que, “el subsiguiente desarrollo del Derecho Internacional respecto a Territorios No Autónomos, tal lo cual establecido en la Carta de Naciones Unidas, hizo del principio de auto determinación aplicable a todos ellos”. Eso naturalmente incluye a las Islas Falkland. Cualquier afirmación que no están cubiertas por la ley de Descolonización, (por ejemplo pues son motivo de una disputa territorial) es falso.

Adicionalmente el desarrollo histórico de las relaciones de las Islas con el mundo exterior revela que Argentina renunció a su reclamo parcial a las Islas en el siglo 19, y confirmó su renuncia en varias ocasiones.

En el año crucial de 1833, cuando Gran Bretaña expulsó a la guarnición argentina, la cual había asesinado a sangre fría a su oficial al mando, y aterrorizado y traumatizado a los civiles del asentamiento precario, no había consenso internacional alguno en cuanto a quien pertenecían las Islas. Argentina las consideraba 100% argentinas, Gran Bretaña como 100% británicas, Espala aún conservaba sus aspiraciones y eran 100% españolas (pero aceptaba significativos derechos británicos bajo el tratado anglo/español de 1771 y la Convención de Nootka en 1790, y Estados Unidos negaba todos esos derechos y argumentaba que las Islas eran ‘terra nullius’ (tierra de nadie). Para EE.UU. eran parte de los mares, propiedad de ningún país y abiertas a todos. Por tanto en 1833 no era claro a quien pertenecían las Falklands, y si es que eran propiedad de alguien.

El enfoque de Estados Unidos cambio durante el siglo 19 y en 1875 cuando designó a George Gerard con Cónsul de EE.UU. en Stanley, EE.UU. dejó de considerar a las Islas como parte de alta mar, a la vez que reconocían que estaban bajo soberanía británica. El reconocimiento consultar era el nivel más alto de reconocimiento internacional que se le podía otorgar a las Islas, del momento que no eran un país soberano.

Desde 1850 hasta los años de 1970 hubo diez países que en varios momentos acordaron reconocimiento consular de las Falklands, Bélgica, Chile, Dinamarca, Francia, Italia, Alemania, Noruega, Suecia, Estados Unidos y Uruguay. Cada uno de esos paises contó con un consulado en Stanley, por muchos años. Noruega fue el país que tuvo el mayor tiempo de representación, casi cien años, desde 1877 a 1974; Estados Unidos por 33 años, desde 1875 a 1908, en tanto los otros países lo hicieron por varias décadas, Uruguay por ejemplo tuvo un consulado en Stanley por más de 50 años, de 1924 a 1975.

Durante 17 años, Argentina protestó anualmente, desde 1833 hasta 1849 inclusive, contra la posesión británica de las Islas, y de esa manera manteniendo la disputa sobre las Falklands viva, y el reclamo de Argentina (el cual siempre fue parcial, por supuesto, en vista que estaba limitado por los igualmente válidos reclamos, pero también parciales de otros países)
Pero en 1850 hubo un cambio radical. En ese año Gran Bretaña y Argentina ratificaron la Convención de Paz, un acuerdo abarcativo de paz firmado en 1849 y que entró en vigencia por ambos bandos en 1850. El tratado puso fin a la intervención militar británica en torno al Rio de la Plata y estableció una “perfecta amistad” entre Gran Bretaña y Argentina. Eso puso fin a la disputa sobre las Falklands.

Una “amistad perfecta” naturalmente eliminaba la existencia de cualquier disputa entre los dos países.

Es imposible reconciliar la Convención de Paz de 1850 con cualquier idea de un contínuo reclamo sobre las Islas Falkland. Eso fue claramente aceptado por Argentina. Por ejemplo el Vice-presidente Marcos Paz en la apertura del congreso argentino el primero de mayo de 1866 mencionó algunas compensaciones reclamadas por ciudadanos británicos que persistían y dijo al respecto que, “esta cuestión que es la única entre nosotros y la nación británica, aún no ha sido resuelta”. Por tanto más allá de esos reclamos privados, no existían temas entre Gran Bretaña y Argentina, es decir no había disputa alguna referida a las Falklands.

Por consiguiente Argentina cesó de protestar contra la posesión de Gran Bretaña de ;as Falklands por 38 años, desde 1849 a 1888 y luego de un breve revivir del reclamo en 1888 lo dejó caer nuevamente y desde entonces nunca ha entregado una protesta formal.
Hay otros hechos significativos que demuestran que Argentina no tiene reclamo alguno sobre las Falklands, pero estos son los principales.

Las Islas Falkland son por el Derecho Internacional territorio británico, y la soberanía territorial sobre las Islas es ejercida por los Isleños (Falkland Islanders), que poseen el derecho completo a la auto determinación interna y externa.

*Graham Pascoe, un historiador, investigador y documentalista sobre las Islas Falkland además de autor de “La Saga de las Islas Falkland” (tres tomos y un cuarto en camino), junto a otro sobre Hechos y Falacias sobre las Falklands

Categorías: Política, Falklands-Malvinas.