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Justicia uruguaya rechaza amparo contra prospección sísmica offshore y permite exploración

Sábado, 18 de abril de 2026 - 02:53 UTC
El tribunal desestimó la acción por razones procesales sin ingresar al análisis de fondo sobre el impacto ambiental El tribunal desestimó la acción por razones procesales sin ingresar al análisis de fondo sobre el impacto ambiental

El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 17º Turno de Montevideo desestimó la acción de amparo presentada por organizaciones sociales y sindicatos del sector pesquero contra las actividades de prospección sísmica para la exploración de hidrocarburos en la zona económica exclusiva de Uruguay, lo que permite la continuidad de las operaciones a cargo de la empresa Viridien (CGG Services) en un bloque offshore asignado a la petrolera Chevron.

Los demandantes —entre ellos los colectivos Costa Viva Rocha y Mar Azul Uruguayo, la Asociación Uruguaya de Veterinarios de la Pesca y Acuicultura y sindicatos de patrones y trabajadores pesqueros, representados por el abogado Hoenir Sarthou— sostenían que las actividades generaban “daños ambientales graves por el uso de ondas sonoras de alta intensidad que afectan la fauna marina, el equilibrio del ecosistema y, en consecuencia, su actividad laboral”. Solicitaban la suspensión inmediata de las operaciones hasta que se garantizara el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

El tribunal desestimó la acción por razones procesales sin ingresar al análisis de fondo sobre el impacto ambiental. La sentencia concluyó que existía “cosa juzgada” por la coincidencia con un amparo previo promovido por la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), que fue rechazado y confirmado en segunda instancia en febrero de 2026. En ese caso, la jueza Xenia Pedrozo sostuvo que el asunto debería tramitarse ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y que la demanda excedía “el carácter excepcional y sumario del amparo”.

Las entidades demandadas —los ministerios de Ambiente, Industria y Ganadería, ANCAP y Viridien— argumentaron que la actividad “fue debidamente autorizada tras procedimientos técnicos y ambientales, con evaluación de impacto, medidas de mitigación y mecanismos de compensación”. También plantearon la caducidad del plazo para interponer el amparo, que ubican en la autorización original de diciembre de 2025.

El Plan de Gestión Ambiental aprobado por el Ministerio de Ambiente el 27 de febrero establece medidas de protección como la obligación de detener las fuentes de sonido ante la presencia de cetáceos, tortugas y pinnípedos en un radio de hasta 1.000 metros. La campaña sísmica se desarrolla en dos etapas: la primera entre marzo y abril de 2026 en un área de 2.645 kilómetros cuadrados a unos 180 kilómetros de la costa, y la segunda a partir de noviembre.

Sarthou adelantó que apelará la decisión. Es el segundo rechazo judicial consecutivo que reciben los opositores a la exploración, después del fallo contra la INDDHH.

La exploración forma parte de la Ronda Uruguay Abierta, en la que ANCAP adjudicó siete bloques en su zona económica exclusiva a empresas como Chevron, APA Corporation, YPF, Shell y Challenger Energy Group. Las inversiones en la etapa actual superan los US$150 millones en estudios sísmicos, y la eventual perforación de un pozo exploratorio podría costar más de US$200 millones, con una probabilidad de éxito geológico del 25%. Los recientes descubrimientos de hidrocarburos frente a Namibia, en el margen conjugado del Atlántico Sur, reavivaron el interés en la cuenca uruguaya por sus condiciones geológicas similares.