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Falklands y doble ciudadanía: Suprema Corte fija habilitación del derecho al voto y para cargos electos

Viernes, 15 de diciembre de 2023 - 08:43 UTC
MLA Barkman quien adquirió la doble ciudadanía, de Nuevo Zelanda por nacimiento, y temía perder su cargo electivo en el Legislativo MLA Barkman quien adquirió la doble ciudadanía, de Nuevo Zelanda por nacimiento, y temía perder su cargo electivo en el Legislativo

El largo y debatido tema de la doble ciudadanía en las Islas Falkland, particularmente en lo referente al derecho a votar y a ser electo para un cargo público, y que alcanzara su mayor instancia judicial, parece finalmente haber sido decidido por un fallo de la Suprema Corte de las Islas.

Según dicha decisión ninguna persona elector en esas circunstancias perderá el ejercicio del voto, en tanto una legisladora electa de las Islas, de doble ciudadanía, podrá retener su cargo electo en la Asamblea Legislativa. La decisión de la Suprema Corte se hizo pública el 12 de diciembre y el caso tuvo epicentro en la legisladora MLA Teslyn Barkman, una de las más jóvenes y activas de dicho cuerpo.

Previo a la entrega de su Decisión, James Lewis KC, al frente de la Suprema Corte y mediante conexión por video, informó de las razones recogidas en su fallo escrito, y por las cuales rechazó la petición contra la legisladora MLA Teslyn Barkman presentada por el Procurador General de las Islas.

El abogado defensor Gerard Rothschild, dijo al Jefe de la Corte que su clienta estaba muy agradecida por la consideración que dicho cuerpo le había brindado a su caso.
La decisión implica que la legisladora MLA Barkman no perdió su banca en la Asamblea Legislativa cuando registró su ciudadanía neozelandesa por descendencia y por tanto permanecerá como legisladora electa de las Islas.

Si bien el tema de su derecho al voto estaba siendo encarado separadamente, el Jefe de la Corte explicó en su decisión por escrito que la misma redacción se aplicaba y que “la acción apropiada por tanto debe seguir, de forma que se vuelva a reintegrar al registro de votantes de las Islas,” a Teslyn Barkman.

Las conclusiones del Jefe de la Corte no insumen más de una carilla de las treinta del fallo (el cual está disponible en courts.gov.fk), pero en ellas se elaboran los motivos que conducen a su decisión.

Que dice la Constitución de las Falklands

El argumento principal en la Constitución de las Islas indica que una persona no califica para votar o ser legislador/a en las Islas, si él o ella, “es por virtud de su propio accionar, bajo cualquier reconocimiento o lealtad, obedece o adhiere a una potencia o Estado extranjero”

El Jefe de la Corte Lewis había sido referido a un sin número de otros casos de otros países en los cuales similares previsiones han sido interpretadas y aplicadas; al principio del juicio, el lote de casos y legislaciones a los cuales se podría referir había sido descripto como ¨vasto¨. Sin embargo Lewis subrayó que “existía el peligro de ser conducido al error” por referirse a provisiones previstas en otras constituciones con sus propios contextos de procedimiento y circunstancias. El Jefe de la Corte agregó que las previsiones para la descalificación tenían que ser construidas estrecha y cuidadosamente, no menos porque restringían importantes derechos y porque afectaban no solo el derecho a ser electo, sino también el derecho al voto.

En cuanto a los términos en la Constitución, Lewis dijo que fidelidad implica la imposición de una fuerte lealtad, y no una conexión débil; que la adhesión refería a ayuda o apoyo a una potencia extranjera y que la obediencia significaba sumisión al gobierno o autoridad de otro. Tomando los tres vocablos en conjunto, dijo que las previsiones requerían de la aceptación positiva de un fuerte vínculo común a un Estado extranjero y las obligaciones de servirlo.

Más adelante el Juez Lewis dijo que el mero hecho de la nacionalidad doble no descalifica a la persona, ni le da titularidad o acceso a los derechos de las condicione ciudadanas de otro país.

Agregó que el reconocimiento de ciudadanía adquirido por nacimiento no alcanza al elevado umbral para una descalificación. Como tampoco solicitar o efectivamente utilizar un pasaporte obtenido de esa forma. Empero dijo que algunas acciones si podrían alcanzar el umbral de la descalificación, por ejemplo tomar el juramento de lealtad a un país extranjero, servir en sus fuerzas armadas o estar involucrado en operaciones de espionaje. El Juez Lewis también dejó sentado que si bien Nueva Zelanda es un país extranjero por muchas razones, no lo es en razón de las previsiones de descalificación.

Más adelante Lewis explicó que la historia de los derechos tanto al voto como de ser electo, significaba que países que eran parte de la Mancomunidad Británica al comienzo del año 2009 (la Constitución de las Falklands entró en vigor en el 2008) no son extraños en ese contexto.

Nueva Zelanda no es potencia ni Estado extranjero

En cuanto a los hechos que refieren al caso de Teslyn Barkman , el Juez Lewis falló en que Nueva Zelanda no es potencia o país extranjero (para estas circunstancias en particular) y que no impone obligaciones legales a sus ciudadanos. Por estas razones desechó la petición del Procurador General de las Islas, Simon Young, contra Teslyn Barkman e indicó qué pasos se debían tomarse para volver a incluirla en el Registro de Votantes de las Falklands.

En cuanto a otras nacionalidades, el Procurador General Young luego de solicitar una clarificación sobre los potenciales efectos de las doble ciudadanías en circunstancias otras que no fueran las de Ms Barkman concluyó que,

--”los casos de doble nacionalidad, en que la otra nacionalidad es un relevante ciudadano de la Mancomunidad, no pueden ser descalificados en absoluto bajo la sección 29(1)(a) o 32(1)(e), aún cuando haya una lealtad dividida, de parte de una persona, entre los intereses de las Islas Falklands y los de otro país de la Mancomunidad“.

-- ”Si alguien adquiere la ciudadanía de un Estado no integrante de la Mancomunidad, y por ejemplo jura fidelidad a ese estado, entonces serían debidamente descalificados. Sin embargo si lo único que hacen es simplemente mantener la otra nacionalidad, y renuevan su pasaporte extranjero, o si de alguna manera tienen derecho a solicitar ciudadanía por descendencia, o solicitan dicho registro para obtener el primer pasaporte, esas 'acciones' no necesariamente configurarían un reconocimiento de fidelidad y adhesión, y más evidencia de una lealtad dividida sería requerida. Desafortunadamente siempre se exigirá considerar las circunstancias específicas y potencialmente la consideración de las leyes de esa potencia o Estado extranjero“

--”La mayoría, si no todos, aquellos nacidos en otros lugares y se han naturalizado como ciudadanos británicos, (incluyendo los ciudadanos de Territorios Británicos de Ultramar), y además cuentan con estatus de las Islas Falkland, pero han mantenido su otra nacionalidad y retenido su pasaporte, no pueden ser descalificados bajo sección 29(1)(a) o 32(1)(a)“.

El Procurador General de las Islas lo sintetizó, ”en vista del fallo en este caso, creo que resulta muy improbable que cualquiera pueda ser descalificado bajo estas premisas. En realidad se precisará de un acto como el brindado en los ejemplos del fallo, ya sea tomando el juramento de fidelidad, sirviendo en las fuerzas armada, y/o estar involucrado en acciones de espionaje...' y el país en cuestión no debe ser miembro de la Mancomunidad Británica.”

Categorías: Política, Falklands-Malvinas.