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El Ejecutivo uruguayo cubrirá el déficit del Banco Central

Miércoles, 29 de marzo de 2023 - 11:15 UTC
Las autoridades del Ministerio de Economía describieron el problema como “una cuestión contable” Las autoridades del Ministerio de Economía describieron el problema como “una cuestión contable”

El Poder Ejecutivo uruguayo admitió este martes que las reservas del Banco Central (BCU) están por debajo de su umbral legal al 31 de diciembre de 2022, por lo que es necesario un plan de capitalización.

“Al 31 de diciembre de 2022, el patrimonio neto del Banco Central del Uruguay se encuentra por debajo del mínimo previsto por el artículo Nº 8 de la Ley Nº 16696 del 30 de marzo de 1995. En cumplimiento de dicha ley, el Poder Ejecutivo presentará un plan de capitalización de la entidad, a implementarse en 2023”, dijo el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de Uruguay en un comunicado.

El artículo 8 de dicha ley establece que ”el capital del Banco se fija en 5.000.000.000 de UI (cinco mil millones de unidades indexadas)”. El valor de la Unidad Indexada es de 5,7138 pesos [uruguayos], según el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). Por lo tanto, el patrimonio exigido por la ley es de UY$ 28.000 millones (unos US$ 727,5 millones).

El MEF agregó que los “detalles del proceso de capitalización” serán anunciados “en las próximas semanas”. Las autoridades del BCU describieron el problema como “una cuestión contable”, según los medios locales.

La necesidad de capitalizarse corresponde, según datos extraoficiales, a que el Banco está muy bien posicionado en dólares mientras que sus pasivos están en pesos locales. Tiene activos por 7.400 millones de dólares pero ha sufrido pérdidas por razones como el tipo de cambio en 2022 y la caída del precio de los bonos ya que la mayoría de las reservas están en títulos extranjeros y la tasa de interés local aumentó lo que implicó un mayor interés a pagar.

”La diferencia entre este monto y el patrimonio neto de la Institución, según su estado de situación patrimonial a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, será aportada por el Poder Ejecutivo. Por decisión unánime del Directorio del Banco y previa autorización del Poder Ejecutivo, podrán incorporarse al capital las reservas a que se refiere el artículo siguiente. En caso de que el patrimonio neto del Banco sea inferior al monto establecido precedentemente, el Poder Ejecutivo capitalizará la entidad de acuerdo con un plan de capitalización que deberá ser informado al Parlamento a más tardar en el ejercicio siguiente”.

Categorías: Economía, Política, Uruguay.