MercoPress, in English

Domingo, 22 de diciembre de 2024 - 19:26 UTC

 

 

El sistema financiero y la marihuana

Jueves, 24 de agosto de 2017 - 11:06 UTC
Ex presidente Jose Mujica Ex presidente Jose Mujica

Por Dr. Edison González Lapeyre (*) En diciembre de 2013, en Ecos de El País, se publicó una nota de mi autoría que luego de explicitar los aspectos negativos que presentaba la ley sobre la legalización de la marihuana o cannabis, en el ámbito interno, indicaba que en “el ámbito internacional, en primer lugar, va a implicar una abierta y flagrante violación de la Convención Única de 1961 de Naciones Unidas sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 1972 y la Convención de Naciones Unidas contra el tráfico de estupefacientes y sustancias sicotróficas, firmada en Viena el 20 de diciembre de 1988, ratificada por nuestro país el 10 de marzo de 1995.

 En el año 2012, cuando fui entrevistado por un periodista de ese diario sobre este tema, manifesté que era imperioso, si el gobierno estaba dispuesto a continuar con ese proyecto, el denunciar las citadas convenciones, conforme a lo que establece el artículo 46 de la Convención de 1961 y el artículo 30 de la de 1988. Conforme a esas normas, la denuncia produce la desvinculación de esos tratados al año de que hubiese sido formulada. No se ha procedido así y, entonces, muchos aspectos de esta ley contradicen esos tratados que obligan, entre otras cosas, a las partes a tipificar como delitos penales en su derecho interno, cuando se cometan intencionalmente, la producción, la fabricación, la extracción, la preparación, la oferta, la oferta para la venta, la distribución, la entrega, etc. de una serie de estupefacientes ente los cuales se encuentra la planta de cannabis.

Si bien el Derecho internacional y la Organización de las Naciones Unidas carecen de una fuerza policial que obligue el cumplimiento de sus normas, la flagrante violación de nuestro país a las disposiciones citadas puede acarrear medidas de retorsión y de aislamiento por parte de algunos miembros de la comunidad de naciones. En segundo lugar, el gobierno, a partir de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Macarena Gelman, ha sostenido que el Derecho internacional subordina o es de mayor jerarquía que el Derecho interno por lo que en caso de contradicción se debe aplicar el primero y no el segundo”.

Obviamente, el Señor Calzada y los otros que asesoraron al Presidente Mujica no leyeron mi nota y lo que es peor no tomaron en cuenta los tratados internacionales a los que nuestro país está vinculado en la materia y ahora se sorprenden por lo que está aconteciendo con las medidas restrictivas adoptadas por el sistema financiero internacional. En mi caso, no me sorprende porque esa política del golpe del balde ya la apreciamos con Alas Uruguay, con el puerto de aguas profundas, con el Fonasa y con el gasoducto, para mencionar algunos ejemplos.

(*) Publicado en Ecos de El País (Martes, 22 de agosto).