MercoPress, in English

Jueves, 18 de junio de 2026 - 09:43 UTC

 

 

Milei reforma por decreto el sistema para designar a los jueces de la Corte Suprema argentina

Jueves, 18 de junio de 2026 - 07:43 UTC
El Gobierno sostuvo que los cambios buscan “agilizar” el procedimiento y evitar “duplicaciones” administrativas, y argumentó que la participación ciudadana se mantiene en el Senado El Gobierno sostuvo que los cambios buscan “agilizar” el procedimiento y evitar “duplicaciones” administrativas, y argumentó que la participación ciudadana se mantiene en el Senado

El presidente de Argentina, Javier Milei, reformó por decreto el sistema para designar a los jueces de la Corte Suprema de Justicia: eliminó una instancia de participación ciudadana previa al nombramiento y suprimió la recomendación de considerar criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional. La medida, oficializada el martes, fue cuestionada por expertos en derecho y organizaciones del sector judicial.

El decreto 467/2026, firmado también por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, modifica las normas de 2003 que regían el nombramiento de los jueces del máximo tribunal, del procurador general y del defensor general. El nuevo régimen elimina la etapa, vigente durante más de dos décadas, en la que los ciudadanos, las organizaciones no gubernamentales, los colegios profesionales y las entidades académicas podían presentar observaciones fundadas sobre los candidatos durante un plazo de 15 días, antes de que el Ejecutivo enviara los pliegos al Senado. También deroga la obligación de publicar las candidaturas en diarios de alcance nacional, cuya difusión se limitará al Boletín Oficial y al sitio web del Ministerio de Justicia.

El Gobierno sostuvo que los cambios buscan “agilizar” el procedimiento y evitar “duplicaciones” administrativas, y argumentó que la participación ciudadana se mantiene en el Senado, donde —según el decreto— se garantizan la publicidad y la evaluación pública de los candidatos. La reforma no altera el procedimiento constitucional: los jueces de la Corte seguirán siendo propuestos por el presidente, sometidos a audiencias públicas e impugnaciones en la Cámara alta y aprobados por dos tercios de los senadores. El Ejecutivo no difundió argumentos para defender la eliminación de los criterios de representatividad de género, territorial y de especialidad.

Las críticas no se hicieron esperar. El Colegio Público de la Abogacía de Buenos Aires calificó la reforma de “retroceso innecesario” y sostuvo que la posibilidad de que la sociedad civil expresara apoyos u objeciones antes del envío de los pliegos “enriquecía la decisión presidencial” y ampliaba la transparencia. El constitucionalista Andrés Gil Domínguez, que presentó una acción de inconstitucionalidad contra el decreto, lo consideró “una regresión normativa injustificada del derecho a peticionar, participar y deliberar democráticamente” y del “derecho a la no discriminación” por género. El diputado Pablo Juliano, de la Unión Cívica Radical, afirmó que el Gobierno “deja a la ciudadanía afuera” de la selección. Varias organizaciones presentaron un amparo para frenar la medida.

La Corte Suprema argentina debería tener cinco miembros, pero funciona con tres desde 2024. Ese año, Milei intentó cubrir las vacantes por decreto, con la designación de dos jueces que el Senado rechazó. Más recientemente, el presidente retiró el pliego de una candidata a jueza federal por su parentesco con un periodista que ha investigado denuncias de corrupción en el Gobierno; el Senado aprobó igualmente su nombramiento, que Milei aún no firmó.

Categorías: Política, Argentina.