


En 2024, el presidente Javier Milei dijo ante empresarios que quienes “escapen de las garras del Estado” son “héroes” y criticó lo que calificó como “impuestos estúpidos”. Los tribunales federales argentinos comenzaron a cerrar en bloque cientos de expedientes por evasión tributaria tras la puesta en marcha del llamado Régimen de Inocencia Fiscal, una reforma que elevó de forma sustancial los umbrales a partir de los cuales la evasión pasa a ser delito y que, por el principio de la “ley penal más benigna”, se está aplicando de manera retroactiva.
La norma —Ley 27.799, según la información oficial difundida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)— fijó el nuevo piso de “evasión simple” en 100 millones de pesos y el de “evasión agravada” en 1.000 millones. La comunicación oficial también menciona cambios en el plazo de prescripción (de cinco a tres años) y sostiene que, ante un incumplimiento detectado, el contribuyente notificado podría regularizar la deuda sin atravesar un proceso penal.
El impacto judicial se concentra en causas iniciadas bajo montos previos significativamente menores, en un país atravesado por años de alta inflación. Al operar el principio constitucional que favorece al imputado cuando una ley posterior resulta más benigna, los juzgados deben adecuar los expedientes a los nuevos umbrales: si el monto investigado queda por debajo, el caso pierde encuadre penal y se archiva.
La aplicación retroactiva de umbrales actualizados ya había sido respaldada por la Corte Suprema en el precedente Vidal (2021), en el que el tribunal sostuvo que no corresponde excluir automáticamente estos cambios por considerarlos meras “actualizaciones” y reafirmó el alcance del principio de benignidad en materia penal tributaria.
El presidente Javier Milei había anticipado en 2024 su mirada sobre el vínculo entre impuestos y conducta económica. En un discurso ante empresarios, dijo que quienes lograran “escaparse de las garras del Estado” no serían delincuentes sino “héroes”, y criticó los “impuestos estúpidos”. En el ámbito judicial, un funcionario citado por medios locales resumió el efecto práctico: “tenemos que dejar en la impunidad a una cantidad enorme de casos”.
En el sector privado, el tributarista César Litvin argumentó que los montos punibles no se actualizaban desde 2018 y que eso había llevado a una acumulación de expedientes por hechos de baja cuantía: “Una evasión de 1.000 dólares ya era punible; hasta un quiosquito entraba”, afirmó. Según el especialista, la reforma busca evitar que el atraso inflacionario vuelva a distorsionar el sistema, incluyendo mecanismos de actualización periódica y reglas para limitar futuras discusiones sobre retroactividad.
El archivo de causas penales no elimina, sin embargo, el frente administrativo. La legislación tributaria mantiene sanciones económicas por “defraudación”, que contemplan multas de dos a seis veces el tributo evadido, entre otras herramientas de fiscalización y cobro.
Dentro de los tribunales persiste el debate sobre si la descongestión permitirá concentrarse en casos de mayor escala o si, por el contrario, el cambio reducirá incentivos y capacidades para impulsar investigaciones complejas. La propia comunicación oficial del régimen enfatiza un “cambio de paradigma” y afirma que la ley “le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, una formulación que críticos interpretan como una señal política de menor agresividad punitiva en materia fiscal.